vivienda 26 de febrero, 2019

Compradores de vivienda blindados ante colapsos

Mediante el Decreto 282 de 2019, se establecen nuevas medidas de protección en la compra de vivienda nueva. El mecanismo de amparo deberá cubrir eventos ocurridos dentro de los diez (10) años siguientes a la fecha de expedición del respectivo Certificado Técnico de Ocupación.
Edificio Space.

En el país se venden anualmente 180 mil viviendas nuevas por 35 billones de pesos, siendo el principal componente de inversión y patrimonio de los hogares, que en algunos casos se ha visto vulnerado por constructoras que no han cumplido cabalmente con la normativa exigida.

Teniendo en cuenta esta situación el Gobierno Nacional expidió el Decreto 282 de 2019, con el cual se establecen nuevas medidas de protección en la compra de vivienda nueva, orientadas a cubrir perjuicios patrimoniales que deriven de riesgos constructivos en los proyectos.

Con la implementación del decreto 282 se protegerá el patrimonio de los colombianos a través de 3 mecanismos de resarcimiento que son: fiducia en garantía, garantía bancaria o una póliza de seguro.

De esta forma, las familias propietarias que reporten fallas en las viviendas serán indemnizadas (en dinero), en reconstrucción de la vivienda, o intervención para garantizar la estabilidad y seguridad de la construcción. En caso que las familias requieran arrendamiento, el Gobierno Nacional otorgará un subsidio por un valor mensual de hasta 1,5 SMLMV.

El mecanismo de amparo deberá cubrir eventos ocurridos dentro de los diez (10) años siguientes a la fecha de expedición del respectivo Certificado Técnico de Ocupación.

"Queremos que los colombianos que compran vivienda nueva tengan la tranquilidad que su inversión económica no se va a perder si las construcciones colapsan o amenazan ruina. Con este decreto se completa el paquete de medidas dispuestas en la Ley de Vivienda Segura o Ley Anti Space, que están vigentes y que garantizan mayor control de las licencias urbanísticas, mejores materiales de construcción y mayor control en el momento de iniciar un proyecto”, indicó el ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio, Jonathan Malagón.

El valor de la cobertura del mecanismo de amparo será igual al valor de reconstrucción o reemplazo de la vivienda amparada según el Índice de Precios del Consumidor (IPC). Las tarifas definidas por las entidades financieras o aseguradoras para la constitución de los mecanismos de amparo sobre las Viviendas de Interés Social y Prioritario tendrán en cuenta el valor tope de las mismas, definido en el Plan Nacional de Desarrollo vigente.

"Lo que yo negaría de plano, es que se le transfiera integralmente el costo, porque eso implicaría asumir que la industria de la construcción es un cartel y, ciertamente, no lo es. Viene un periodo de ajuste, son los dos próximos años. En este periodo de ajuste la industria de la construcción y la industria de seguros tienen que desarrollar interlocuciones muy eficientes, para que, en efecto, si los constructores adoptan este mecanismo, lo hagan en bien suyo, en bien de sus proyectos y en bien fundamentalmente de quienes van a adquirir esas viviendas", indicó por su parte el presidente de Fasecolda, Jorge Humberto Botero.

 Luego de expedido el Decreto 282 de 2019 que contiene la definición y alcance de los instrumentos financieros de resarcimiento, será la Superintendencia Financiera de Colombia la institución encargada de la reglamentación secundaria para establecer las disposiciones puntuales y sentar las condiciones de operación de dichos instrumentos en el mercado.

Camacol ha insistido que, si bien estos instrumentos financieros serán importantes para el propósito del país y del sector de ampliar la protección a los hogares compradores de vivienda, se debe ser muy cauteloso y preciso en su puesta en marcha, en tanto se pueden afectar la oferta de proyectos o limitar la accesibilidad a la vivienda.

“Esperamos que, tanto la Superintendencia Financiera como los actores que ofrecerán estos nuevos instrumentos financieros, comprendan los detalles del tejido empresarial del sector, la importancia del acceso a la vivienda y la necesidad de ampliar la oferta de proyectos en todo el país, y sobre esa base, se ofrezcan los instrumentos financieros de manera objetiva, con suficiencia en el mercado, y bajo el cumplimiento de las normas técnicas de construcción sismo resistente colombianas” dijo Forero Ramírez.

Estas nuevas medidas tendrán impacto en los costos de producción y comercialización de vivienda nueva en el país.

Al respecto, la presidenta ejecutiva de Camacol agregó que “lo más importante es que se reconozca el efecto sobre los costos para la construcción formal de vivienda, y así la tarea de todos los actores y del Gobierno Nacional será minimizar ese impacto a través de definir condiciones óptimas para que se garantice el acceso, disponibilidad y asequibilidad de estos instrumentos para los proyectos de construcción y los hogares compradores”.

 

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