Bogotá activa incentivos urbanísticos para proyectos de vivienda sostenible
El Decreto 676 de 2025, establece beneficios urbanísticos para proyectos que incorporen medidas de ecourbanismo y construcción sostenible en los tratamientos de desarrollo, renovación urbana y consolidación, con foco en vivienda formal y reactivación económica.
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El Consejo Colombiano de Construcción Sostenible (CCCS) destacó la expedición del Decreto 676 de 2025, mediante el cual el Distrito Capital adopta nuevos incentivos urbanísticos para proyectos que incorporen medidas de ecourbanismo y construcción sostenible, con el objetivo de impulsar la vivienda formal VIS, VIP y no VIS y apoyar la reactivación económica de Bogotá.
La norma adiciona un capítulo al Decreto Único Distrital de Ordenamiento Territorial e integra estos incentivos al marco del Plan de Ordenamiento Territorial vigente, como parte de la estrategia de reactivación económica y acción climática de la ciudad. El decreto aplica a proyectos con uso residencial predominante que inicien trámite de plan parcial, licencia urbanística o modificación de licencia desde su entrada en vigencia, así como a algunos procesos que se encuentren en formulación y se acojan a sus disposiciones.
Entre los incentivos definidos, el decreto contempla, para el tratamiento de desarrollo, beneficios asociados a la obligación de cesión de suelo para espacio público, al cumplimiento de cargas locales relacionadas con parques, plazas y plazoletas, y a la posibilidad de incorporar mezcla de usos en Planes Parciales. En renovación urbana, la norma habilita incentivos para el cumplimiento de las obligaciones de espacio público mediante pago compensatorio o mediante cesión de suelo en el sitio. En el tratamiento de consolidación, se establecen incentivos vinculados a la obligación de cesión de suelo para espacio público. Adicionalmente, en las áreas de actividad de grandes servicios metropolitanos, el decreto permite cumplir parte de las obligaciones urbanísticas mediante la destinación de área construida a usos dotacionales y/o industriales.
El acceso a estos incentivos está condicionado al cumplimiento de requisitos específicos y a su verificación en el proceso de licenciamiento urbanístico. Los proyectos deberán incorporar en sus planos las medidas de ecourbanismo y construcción sostenible, diligenciar el Anexo de Construcción Sostenible del Formulario Único Nacional, presentar la autodeclaración de las medidas adoptadas y contar con una precertificación o reconocimiento de diseño bajo estándares como CASA Colombia, LEED, EDGE o el Programa Bogotá Construcción Sostenible. El cumplimiento de las medidas deberá mantenerse durante la ejecución del proyecto y estará sujeto a seguimiento por parte de las autoridades competentes.
Para el CCCS, este decreto responde a una evolución que ya se observa en el mercado. Al cierre de 2025, el 39,5% del área licenciada para vivienda en el país se encontraba en proceso de certificación bajo estándares de sostenibilidad. En el caso de Bogotá, se licenciaron 3.359.872 metros cuadrados, de los cuales 2.060.005se registraron bajo algún sistema de certificación sostenible, lo que equivale al 61%.
El CCCS participó en espacios técnicos de trabajo durante la formulación de la norma, aportando insumos sobre la implementación de estándares de construcción sostenible y su articulación con los instrumentos urbanísticos, con el objetivo de fortalecer su viabilidad y facilitar su aplicación en el territorio. Asimismo, promoverá la efectiva implementación de este Decreto con el fin de continuar la construcción de una ciudad más sostenible y resiliente.
“Este decreto convierte la sostenibilidad en una ventaja concreta para los proyectos de vivienda en Bogotá. Al vincular incentivos urbanísticos con medidas de ecourbanismo y construcción sostenible, el Distrito crea condiciones más claras para viabilizar proyectos, dinamizar la actividad constructora y mejorar la calidad urbana desde el diseño”, indicó Angélica Ospina, directora ejecutiva del Consejo Colombiano de Construcción Sostenible.