judicial 12 de diciembre, 2017

Argos, Cemex y Holcim sancionados por “cartel del cemento”

Por cartelización empresarial para la fijación de los precios ex fábrica del cemento gris Pórtland Tipo 1 en el mercado nacional , la Superindustria impuso sanciones  por un valor global superior a $ 200 mil millones de pesos. Las cementeras sancionadas apelarán la decisión.
Sanción “cartel del cemento” - Imagen Superintendencia

La sanción impuesta por la Superintendencia de Industria y Comercio a las 3 más grandes cementeras que representan el 96% del mercado colombiano (Argos, Cemex y Holcim), tiene como causa, la existencia de un acuerdo en la modalidad de paralelismo consciente para la fijación de los precios ex fábrica del cemento gris Pórtland Tipo 1 en el mercado nacional durante el período objeto de la investigación, es decir, entre enero de 2010 y diciembre de 2012 (3 años).
  

En la investigación, la Superintendencia de Industria y Comercio estableció:


Que los precios ex fábrica del cemento gris Pórtland Tipo 1 de Argos, Cemex y Holcim en el mercado nacional tuvieron un acentuado comportamiento paralelo (paralelismo de precios) entre enero de 2010 y diciembre de 2012.

Que Argos, Cemex y Holcim no ofrecieron una explicación económicamente razonable ni verídica que justificara el paralelismo de precios, ni la manera como se fijan los precios al interior de dichas empresas.

Que las características y la estructura del mercado del cemento en Colombia, convierten a este mercado en un escenario altamente propenso a la colusión o cartelización empresarial, de acuerdo con los marcadores propuestos por la doctrina económica más utilizada por las autoridades de protección de la libre competencia económica en el mundo, tales como los de Posner, Harrington, Kovacic y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).

Que Argos, Cemex y Holcim, durante el período investigado, mantuvieron un ambiente colaborativo, no competitivo, de colegaje o de amiguismo empresarial extraño a un mercado en competencia, que deja en evidencia que se abstuvieron, de manera consciente y coordinada, de competir efectivamente, tal y como se advierte en diferentes documentos, correos electrónicos, comunicaciones internas, entre otras evidencias materiales probatorias.

La Superintendencia pudo establecer que el precio ex fábrica del cemento gris Pórtland Tipo 1 en el mercado nacional durante el período investigado 2010 - 2012 aumentó el 29,9%, mientras que la inflación causada en ese mismo período de 3 años fue de 9,3%. Es decir, en el período investigado, el precio ex fábrica del cemento aumentó más del 20% por encima de la inflación en un mercado que entre 2010 y 2012 reportó ventas superiores a $ 8 billones de pesos.
 

La entidad llegó a la conclusión de que el aumento del precio ex fábrica del cemento gris Pórtland Tipo 1 en el mercado nacional tuvo gran impacto en el poder de compra de los colombianos, pues mientras que en enero de 2010 con 1 salario mínimo mensual se podían adquirir 37 bultos de cemento , en diciembre de 2012 con el salario mínimo de la época, tan solo se podían adquirir 31 bultos de este producto.
  

Además señala la Superintendencia que, entre enero de 2010 y diciembre de 2012, la diferencia porcentual existente entre los precios de venta ex fábrica y los costos unitarios de producción del cemento gris Pórtland Tipo 1 de Argos, Cemex y Holcim fueron alrededor de 65% en dichas compañías. Es decir, que en este sector, los precios de venta superaron un 65% a los costos de producción, generando una amplia brecha que permitió la posibilidad de obtener ganancias supra competitivas para Argos, Cemex y Holcim.

 

De otra parte, la entidad archivó la investigación a favor de Tequendama y San Marcos por no encontrar evidencia de su participación en el cartel empresarial de fijación de precios. De la misma manera, la Superintendencia archivó la investigación a favor de Argos, Cemex, Holcim, Tequendama y San Marcos por las demás conductas presuntamente anticompetitivas objeto de la presente investigación.
 

Esta sanción de la Superintendencia de Industria y Comercio, se suma a múltiples investigaciones y sanciones que en más de 30 países o jurisdicciones se han impuesto contra empresas cementeras por colusión o cartelización empresarial, tales como la Unión Europea, España, Colombia, India, Polonia, Alemania, Brasil, Argentina, Australia, Reino Unido, Bélgica, entre otros.
 

Las  sanciones impuestas por la Superindustria a Argos, Cemex y Holcim, y a 6 altos directivos vinculados con estas compañías, son las siguientes:

 

Por su parte Cemex, Cemargos y Holcim anunciaron que interpondrán todos los recursos legales para frenar la sanción interpuesta por la Superintendencia.

Holcim (Colombia) S.A. manifestó, en un comunicado, que no comparte esta primera decisión recientemente informada. “La compañía entregó de forma oportuna pruebas contundentes que demuestran que estas conductas anticompetitivas nunca existieron”, asegura.

Por otro lado Cemargos, indicó que “no comparte y rechaza la decisión de la Superintendencia por cuanto en el curso de la investigación aportó todos los argumentos y pruebas que demuestran que no incurrió ni en paralelismo consciente de precios, ni en cartelización, ni en una práctica contraria a la libre competencia”.

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