actualidad 29 de noviembre, 2018

Oposición a impuesto para vivienda superior a $888 millones

Fedelonjas califica de inconveniente el artículo de la Ley de Financiamiento que se debate en el Congreso, el cual grava con el 2% la venta de vivienda nueva y usada que supere el monto señalado.
Impuesto vivienda.

Para la presidenta de La Federación Colombiana de Lonjas de Propiedad Raíz, FedelonjasMaría Clara Luque, gravar con un Impoconsumo del 2% la venta de vivienda nueva y de más de $888 millones es altamente inconveniente porque frena la dinámica inmobiliaria e incentiva la informalidad y la evasión de impuestos, es de recordar que en la venta de vivienda nueva la de estrato alto es la que mayor desaceleración ha presentado.

“Vemos que a pesar de que el Gobierno Nacional e incluso el director de la DIAN declaró públicamente que no se afectaría la vivienda usada en el Proyecto de ley de Financiamiento se incluyó un nuevo artículo (512-22) donde se grava con el 2% a la vivienda nueva y usada”, explicó la líder gremial.

Como presidenta de Fedelonjas solicita al Gobierno Nacional no afectar a esta rama que ha tenido indicadores positivos en la actividad de los bienes raíces en los dos últimos años cuando la economía ha estado tan frenada. También recordó que el mismo ministro Carrasquilla declaró públicamente que gravar la vivienda usada había sido un error en el texto del proyecto.

Vale la pena recordar que la vivienda usada es el principal patrimonio de la mayoría de los colombianos y que al gravar con Impoconsumo se estaría incentivando la informalidad porque las personas van a buscar escriturar por debajo de los valores reales para hacerles el quite a esos impuestos como fue tradición por muchos años.

“Nosotros desde Fedelonjas hemos venido cultivando las buenas prácticas de respeto al marco legal y tributario e incentivando a los compradores a tributar lo correcto pero al tener que pagar un Impoconsumo adicional a los otros impuestos y tasas (como los costos de escrituración y registro, los impuestos de Beneficencia y la retención en la fuente) pues los clientes evitarán contratar inmobiliarios que les generen más costos y que les pidan pagar impuestos de ley”, explicó la presidente de Fedelonjas.

Luque  resalta que la compraventa de vivienda es una actividad que genera importantes plazas de empleo en actividades alternas como la fabricación de elementos de decoración y el uso de materiales y mano de obra en remodelación como pinturas, pisos y paredes.

“Además, cerca del 90% de las transacciones inmobiliarias son de bienes usados que, muchas veces, se venden para comprar algo nuevo lo que muestra la importancia del sector en la dinámica de la economía”, asegura.

Durante el 2017, las remodelaciones y las reparaciones crecieron 0,9% mientras la construcción de vivienda bajó -6,2% y la de otras edificaciones cayó 16,2%. Un gran porcentaje de familias prefieren invertir en viviendas usadas porque tienen un costo por metro cuadrado más favorable.

 Es un impuesto antitécnico

Fedelonjas señala que el impuesto de consumo ha sido concebido para gravar las diferentes etapas de un ciclo económico de producción, importación o distribución, hecho que no se presenta en este caso de la vivienda usada por lo que el mismo resulta anti-técnico. 

“No entendemos porqué se habla de Impoconsumo a la usada si este impuesto está definido para ciclos económicos, en la vivienda usada no hay valor agregado ni de consumo no forma parte de ningún proceso de actividad económica ni es producción, comercialización ni importación. Tampoco se puede hablar de Impoconsumo pues la vivienda usada no es un consumible”, indica la presidente gremial.

Luque agrega que el IVA en la vivienda nueva, que se impulsó en la pasada reforma tributaria, ya generó una distorsión del mercado en el rango mayor a 888 millones porque el comprador se resiste a pagar más tributos –que de hecho son bastante altos- “entonces el comercializador se ve obligado a hacer dos contratos: uno de compraventa por menos de 888 millones por el bien en obra gris y otro por  la diferencia para los acabados, entonces más que traer ingresos se está fomentando la evasión. Vale la pena resaltar que el 30% de las compraventas de inmuebles están en el rango superior a los 888 millones de pesos”.

El impuesto también afectaría el precio de la vivienda lo que llevará a la disminución del precio de la misma, la presidenta de Fedelonjas asevera que por ende, no generará el recaudo esperado por el Gobierno, lo que conllevará a una desaceleración del sector inmobiliario y a la creación de una barrera adicional para el acceso a vivienda usada, que ya aporta al erario público en cuantías muy significativas a través de varios impuestos, tasas y contribuciones del nivel nacional y local.

Este es el texto propuesto en el proyecto de Ley de Financiamiento:

ARTÍCULO 89 (NUEVO). Adiciónese el artículo 512-22 al Estatuto Tributario, el cual quedará así:

ARTÍCULO 512-22 IMPUESTO NACIONAL AL CONSUMO DE UNIDADES DE VIVIENDA. El impuesto nacional al consumo tiene como hecho generador la venta de unidades de vivienda, nuevas o usadas, cuyo valor supere las 26.800 UVT, incluidas las realizadas mediante cesiones de derechos fiduciarios o fondos que no coticen en bolsa.

El responsable del impuesto es el vendedor o cedente de las unidades de vivienda sujetas al impuesto nacional de consumo. El impuesto será recaudado en su totalidad mediante el mecanismo de retención en la fuente. La retención aquí prevista deberá cancelarse previamente a la enajenación de la unidad de vivienda, y presentar comprobante de pago ante notario o administrador de la fiducia, fondo de capital privado o fondo de inversión colectiva.

La tarifa aplicable será del dos por ciento (2%) sobre la totalidad de precio de venta.

PARÁGRAFO. Este impuesto cuya causación es instantánea, no podrá tratarse como impuesto descontable, ni como gasto deducible, pero hará parte del costo del inmueble para el comprador.

 

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